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Jurisprudencia
Alemania

 

 

Divorcio

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05 julio 2001

Magistrado Ponente: Dr. Silvio FernandoTrejos Bueno
Proceso: 00092
Decisión: Concede

Juzgado Local de Familia “Amtsgercht” de Frankfurt am Main

Asunto: Se estudia la solicitud de exequátur de sentencia de divorcio de matrimonio católico contraido en Colombia. Al corroborarse el alcance que las autoridades Alemanas le otorgan a los fallos extranjeros y reunidos los presupuestos que determina la ley, se torno plenamente valido otorgar efecto jurídico a la referida providencia, advirtiendo claro está que el mismo se reducirá, por mandato de la ley nacional, a la cesación de los efectos civiles del matrimonio canónico.

DEMANDA DE EXEQUATUR- divorcio de matrimonio católico proferido en Alemania/ EXEQUATUR- reciprocidad legislativa en proceso de divorcio

La Jurisprudencia hace un breve estudio de la reciprocidad legislativa que tiene Alemania frente al tema del divorcio.  

" 2.  En el presente asunto quedó demostrado que no existe ningún tratado internacional que vincule a nuestro país con Alemania en materia de reconocimiento recíproco de los fallos que profieran sus jueces; pero obra en el expediente el documento en idioma extranjero, debidamente traducido, que acredita la reciprocidad legislativa en la materia, regla a la cual solamente escapan los casos contemplados en los artículos 328  y 606 de allá, entre los cuales no se halla el que corresponde al proceso de divorcio de que aquí se trata, por lo cual se puede concluir que una sentencia semejante que aquí se profiriera, tendría allá reconocimiento.

También, los artículos 1, 2 y 7 de la Ley de Modificación del Derecho de Familia en Alemania, en forma concreta regulan el trámite de la reciprocidad cuando expresan que, "las sentencias extranjeras que anulen un matrimonio o que dictaminen el divorcio manteniendo o no los vínculos matrimoniales, que determinen la existencia o no de un matrimonio entre las partes, serán reconocidas solamente si la administración de justicia del estado federado correspondiente determina que están dadas las condiciones para el reconocimiento de esa sentencia", disposiciones que permiten reconocer la ejecución de sentencias judiciales de la índole de que se trata en el territorio Alemán, que sean proferidas aquí."

F.F. Ley de Modificación del Derecho de Familia en Alemania, Arts 1,2 y 7.

EXEQUATUR- presupuestos/SENTENCIA EXTRANJERA- orden público colombiano.

Después de revisar los presupuestos de ley y de verificar que la providencia extranjera no compromete el orden público colombiano, la Corte otorga efecto jurídico a la sentencia de divorcio proferida por el Juzgado Local de Familia "Amtsgercht" de Frankfurt am Main, Alemania.

F.F.  Arts. 693 y 694 del C. de P.C.
Art. 11 de la Ley 25 de 1992.

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